domingo, 30 de marzo de 2008

CONSERVACIÒN DE LOS ARCHIVOS

Como lo aprueba la LEY 594 DE 2000 T itulo I V ADMINISTRACIÓN DE ARCHIVOS del Artículo 13. Instalaciones para los archivos. La administración garantiza los espacios y las instalaciones necesarias para el correcto funcionamiento de sus archivos para su conservaciòn y uso.

La modalidad de archivar los Documentos implementan carpetas propalcote blanca como lo aprueba el Acuerdo 049.
No utilizan ni ganchos de cose dora, clip, legajadores para la carpeta denominadas cuatro (4) aletas.
Utilizan Cajas R12, cajas forradas en hule o cuerina ubicadas en estantes metálicos con baldas removibles. El cual archivan Expedientes de pensionados, Estudiantes, Historias laborales, Nominas.



La descripción de las Carpetas de la Función publica se realiza por número de cédula referentes a los Docentes Activos y Retirados.

Marcan las carpetas con Sección, Subsecciòn , Serie, Subserie y los requisitos establecidos por el Archivo General de la Nación.



Otro método de Archivar es la Microfilmaciòn como lo establece Decreto 2527 de 1950 Presidencia de la República, microfilmación y valor probatorio de copias fotostáticas.


Los archivos que estan desorganizados los conservan envueltos en papel Kraf para despues implementar su debida organizaciòn.



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